RE: propietario alquileres

Hola, mi pregunta es referente a una anterior que me contestó muy amablemente.
Me ha quedado claro que el propietario es quien ha de declarar los beneficios y que en todo caso podría actuar como gestor. Mi pregunta es si podría suscribirse un contrato privado con el propietario (se trata de un familiar directo) por el que se le abonaría una renta pero habilitando el derecho a subarrendar la propiedad, quedando como mi beneficio la diferencia entre ambas rentas ¿esto sería posible? O debido a la relación familiar no sería lícito. A cuenta de lo mismo, ¿una sociedad podría en ese caso hacerse cargo del contrato para el subarriendo?
Un cordial saludo

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Respuesta
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Efectivamente podría Usted (o una sociedad en la que no figure el propietario) arrendar el piso (abonando una renta al propietario), y subarrendarlo después (debe figurar en el contrato que se consiente el subarriendo).
El diferencial de rentas sería su beneficio.
El tema de ser familiar no influye.

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