¿Que me recomiendan con el nuevo Real Decreto 240/2007 , cónyuge e hijo no reconocido?

Soy nacionalizada española. En el 2018 me mudé a ecuador y estuve conviviendo hasta 2020 con mi pareja, debido a que me quedé embarazada y estaba mal de salud regresé a España con mi madre, tuve un bebé producto de mi relación. Mi pareja suizo registrar al bebé con su apellido pero en el registro civil me solicitaban NIE, pasaporte.

Mi pareja no poseía ningún documento salvo su documentación (cédula de identidad) del país de origen que no es valida aquí en España. Por lo que registre al bebé con mis apellidos.

Actualmente queremos reunirnos y casarnos en dos meses por lo que yo voy a desplazaarme a Ecuador para casarnos, con el Real Decreto 240/2007 presentaré la documentación pertinente al consulado de España en Guayaquil, para solicitar el visado en Régimen comunitario sin registrar nuestro matrimonio y hacerlo aquí, ya que quiero viajar junto a mi pareja, además de registrar al bebe aquí en España con su apellido.

Mi cuestión:

1 - ¿Se puede registrar a la niña en Ecuador siendo ella ciudadana Española? O solamente se puede registrar sus apellido aquí en España en el Registro Civil.

2- Aunque la niña no esté Registrada con los Apellidos de su padre, solo como prueba de nuestra relación tengo la cartilla de embarazo que me hicieron en Ecuador con el nombre del papa, y un par de fotos. Pueden hacer válido.?

3- Respaldandome en el Real Decreto, ¿pueden negarme el visado sin antes haber inscrito el matrimonio en el consulado?

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