¿Estoy obligado a devolver la renta garantizada por cobrar el ingreso mínimo vital?

Al ser retroactivo el IMV desde Junio de 2020, voy a cobrar por meses en que percibía la renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León. Tengo dos graves problemas: uno, no tengo dentadura en la parte de arriba, y esto me está causando graves problemas a varios niveles, de salud, emocionales,... Y no tengo dinero para arreglarla, ni nadie que lo pueda prestar. Dos, Dada mi especialidad, en Salamanca, donde resido actualmente, no tengo posibilidades de trabajar y ya tengo 58 años. Necesito un mínimo de dinero para poder trasladarme a Barcelona donde ya trabajé en lo mío.

Me van a ingresar el IMV pronto, y de ahí mi pregunta. Voy a tener el dinero preciso para solventar esos 2 problemas y volver a sentirme útil, persona, trabajador, así como mejorar mi salud, que actualmente está muy comprometida tanto fisiológicamente como a nivel psiquiátrico. ¿Puedo quedarme con una parte de ese dinero y el resto devolverlo?

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