Donación Intervivos / Extinción de deuda

Quisiera tener opinión de especialista en derecho fiscal / sucesorio, respecto a los efectos post donación de una finca con deudas gravadas por el Ayuntamiento, el caso es el siguiente:

Finca con deuda hipotecaria más deudas por urbanización, ibi, etc al Ayuntamiento/Diputación anotadas dichas deudas en nota marginal / embargo preventivo.

Propietarios ambos cónyugues, Uno al 90% y otro al 10% (Régimen separación de Bienes) con hijos menores.

Intención de efectuar la donación del total de participación de los activos y pasivos de dicha finca de un cónyuge al otro.

Pregunta: Cómo queda la deuda actual ante el Ayuntamiento / Diputación una vez efectuada la donación (activos y pasivos) del cónyuge que dona.

¿Queda extinguida su deuda ante el Ayuntamiento / Diputación al donar tanto activos como pasivos al otro cónyugue?, o el estado de derecho contempla que a pesar de donar, ¿la deuda contraída originalmente ante un organismo público no se extingue y éstos pueden seguir reclamando la deuda al cónyugue que ha donado?

Añade tu respuesta

Haz clic para o