Compra de vivienda SAREB a administrador concursal. ¿Está exenta de IAJD?

Voy a comprar una vivienda de una empresa en concurso de acreedores al administrador concursal. La deuda pertenece a la SAREB, aunque aún figura en la nota simple la promotora, ya que la compro al administrador concursal. En la nota simple SI figura que la carga hipotecaria la tiene SAREB, que es, de hecho, quien ha autorizado la venta.

En este caso, ¿tendría qué pagar el IAJD de la hipoteca? ¿Qué pasos debería dar para evitar pagar este impuesto?

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