¿Apropiación indebida si no se cambia titularidad de contrato de suministro?

Alquilé un piso hasta mediados de 2015 cuando el Ayuntamiento compró el piso y me marché.

Pensaba que iban a hacer el cambio de titularidad de suministro de luz pero tardaron más de 2 años en hacerlo. Entonces hay una deuda de unos 600 euros a mi nombre que corresponde a facturas emitidas desde que me fui (mediados 2015 hasta 2017).

Obviamente debería haber hecho la baja, y también esta deuda es mía … Pero mi pregunta es si el Ayuntamiento puede haber incurrido en un delito de apropiación indebida aquí. Entiendo que beneficiaron del suministro de luz, ¿sabían (o deberían haber sabido) que les corresponde pagar el suministro que les corresponde y además pudieron efectuar el cambio de titularidad (entonces surge la pregunta por qué no hicieron el cambio antes?).

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