¿100% o 50% de deducción en la adquisición de vehículo?
Soy albañil autónomo y acabo de adquirir una furgoneta "mixta" . Ésta va a ser destinada para uso exclusivo de la empresa, ha sido rotulada, no es de alta gama y en el mercado está catalogado como vehículo con alternativa industrial, dándose además la circunstancia de que no tengo carnet de conducir (en el seguro soy tomador pero consta un trabajador de la empresa como conductor habitual). Con estas premisas mi pregunta es: ¿Puedo desgravarme el 100% en IVA y en IRPF, o solo el 50% de IVA?