?Qué hacer si no estoy de acuerdo con la minuta del Notario?

He pagado mi hipoteca al banco. El banco ha ido al notario a otorgar escritura.

El Notario no me cobra según https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28111 ,

Sino que dice que según RDL 18/2012 .

El Servicio de Atencion al Usuario de los Notarios me dicen lo mismo..

.. Y yo no estoy conforme, pues ya hay sentencias del TSJM (STSJ M 3241/2016 - ECLI:ES:TSJM:2016:3241) que dicen que el RDL 18/2012 no es aplicable en casos de consumidores

:-(

1. ¿Cuál es la siguiente instancia?

2. ¿Qué pasa si no pago o pago con retraso al Notario?

3. ¿Vuestra opinión?

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