Multa por llevar mercancía adr

Somos un almacén de fontanería que nos dedicamos a la venta y distribución de material en la provincia de Cádiz, en los meses de verano vendemos y distribuimos productos de piscina en pocas cantidades para nuestros clientes .

En el mes de junio nos para la guardia civil y nos pones dos sanciones una de 4001€ y otra de 801€ y nos pone en las multas que llevábamos lo siguiente:

6 garrafas de 20 litros de1789 de ácido clorhídrico clase 8 GEIII(E)

2 embalajes con cuatro envase de 5 L de un 2468 ácido tricloroisocianúrico seco clase 5.1 GEII(E) y

1 embalaje con 4 envases de 5kg de un 3077 clase 9 GEIII(E)

Hoy nos ha llegado las sanciones y nos parece que las multas de 801€ más la otra de 4001€ son abusivas .

No llevábamos carta de porte, pero si albarán de entrega

Necesitamos que alguien nos ayude de cómo reducir la sanción y también nos aclare que a partir de cuantos kg se considera que se debe transportar con vehículos de mercancías peligrosas

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