Tengo derecho a devolución por clausula suelo

Tengo la vivienda habitual en proceso de embargo y subasta.

En el año 2007 compré una vivienda de 52m2 (212000 eur.) Pagué 90.000 de entrada y durante 3 años letras de 650 eur/mes total aproximadamente (100.000.eur.)por quedar en desempleo dejé de pagar (año 2010 cobraba 420 eur)El banco me ejecutó y solicitó la devolución total del préstamo.(113.000 eur.)En el año 2012 hubo 1º juicio

Quedó pendiente de resolución. Hasta el año 2015 proceso de ejecución y subasta.(Valor 140.000 eur.)La impugné por que ofrecían el 50% del valor, y la ley 671 EC dice que cuando es 1ª vivienda habitual no se puede subastar por menos de 60 -0 -70% del valor de tasación de escrituras(285.000) y cubra la deuda (140.000 eur.). Ahora aofrecen dacción en pago o compra de activos para saldar la deuda a cambio de un alquiler.

La duda es si el interés acumulado empieza a contar desde el primer impago (20011) o requerimiento judicial (año 2012.) Y si éste supone un incremento al interés pactado del 2% según ley R.DE 6/2012  actualizado RD.5/2017 para casos de exclusión social (tengo actualmente 62 años y cobro pensión prejubilado 780 eur ). Y si puedo reclamar clúsulas abusivas(3% mínimo 15% max ) y gastos de constitución de hipoteca (actos jurídicos document tasación notaria etc.38000 eur.

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