La ley que me dejo indefenso

Esta es la situación en la que me encuentro,

En el año 2007 compre una vivienda(USADA) a un matrimonio, estos me la vendieron libre de cargas, y la comunidad de propietarios nos entrego el documento acreditativo haciendo referencia a que dicha vivienda estaba al corriente de pagos con la comunidad de propietarios, pasado el tiempo, ya en el año 2012, todos los propietarios del edificio recibimos una citación judicial, total que resulta que esta comunidad de propietarios tiene una deuda pendiente de pago con un constructor, el cual no cobro una factura por la realización de unas obras realizadas en el edificio en los años 80, el juez al cual le toco dicho caso, dicto sentencia condenatoria para que cada uno de los condueños del edificio abonen a partes iguales el total importe de la deuda mas interese, esto supone algo a si como unos 8.500,00 Euros por cada condueño, yo no puedo reclamar a quien me vendió, a pesar de que estos me estafaron, dado que desde la fecha de la compra-venta hasta que yo me entere de la deuda ya habían pasado cinco años, y parece ser que según los artículos de ley 1485 c.c. El 1486 pgz y el 1490 cc, el comprador tan solo dispone de seis mese a cuatro años para poder reclamar, bien sea estafa, vicios ocultos y algún otro, el caso es que yo actualmente no tengo ingresos, y si no pago me empezaran a incrementar la deuda con los intereses de demora para luego ya terminar embargandome la vivienda.

No seria posible poder encontrar una solución a esta situación.

En espera de su respuesta.

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