¿Licencia de bar-cafetería o tienda de alimentación?

Quiero emprender un negocio de cafetería en la que se venderían desayunos (tostador y cafetera), bollería ya preparada (tener un horno allí en el que hornear galletas y demás), latas de refresco y de cervezas (no tirador), bocadillos ya preparados (allí mismo y sin cocinar), ensaladas y sobre todo zumos naturales con fruta hechos en el momento.

Mi pregunta es la siguiente, el local que he visto tiene licencia de tienda de alimentación. Obviamente no creo que me sirviera, por lo que me gustaría saber qué licencia es la que tendría que tener para lo que quiero hacer. ¿Va según cada ayuntamiento?

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