¿Se deben pagar las deudas de un bien sin ser dueño?

María tiene una finca que adquirió de Juan y éste la adquirió de su abuelo con la condición de que se casara con Eliana antes de los 40 años. Se estableció que Rosa, la madre de Juan, podía disfrutar de la finca mientras estuviera viva y Juan tendría que pagar arriendo si quería vivir allí. Efectivamente Rosa se vuelve poseedora y adquiere deudas, utilizando el bien inmueble como garantía. Sin embargo para que Juan pudiera volverse dueño, tenía que casarse con Eliana antes de los 40 años. Cuando Rosa muere Juan tiene 30 años y no se ha casado, entonces decide vender la casa a María y se la entrega con  escritura pública registrada ¿Debe María pagar las deudas sin ser dueña del bien? De lo contrarío ¿Quién debe responder por esas deudas? 

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