Un conjunto de personas deciden reunirse y formar una asociación para la defensa del accionar militar

Ampliación: Un conjunto de personas deciden reunirse y formar una asociación para la defensa del accionar militar durante el proceso en el período 76-81. Al requerir ante la Inspección General de Personas Jurídicas la personería, ésta les es denegada. ¿Es ajustada a derecho la decisión? ¿Por qué? ¿Tendría éste grupo de personas algún recurso contra dicha decisión?

 Doy el mayor puntaje. Soy de Argentina. Espero rápida respuesta.

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