¿Pagan los herederos impuesto de sucesiones cuando el viudo es legado el usufructo universal y vitalicio?

Tras la muerte de una finada, el testamento dice en su cláusula segunda que: " lega a su cónyuge el usufructo universal y vitalicio de toda su herencia, con relevación de inventario y fianza y con facultad para tomar por sí posesion de este legado, valorándose el legado por las normas de la legislación fiscal". Mi pregunta es:  Si el resto de los herederos por terceras e iguales partes deben tras el fallecimiento hacerse cargo del pago del impuesto de sucesiones, siendo la comunidad del fallecimiento Cuenca, o sea Castilla la Mancha, o tiene que ser el usufructuario viudo el que realice el pago del impuesto. Entiendo que si el viudo es el usufructuario universal y vitalicio, automáticamente el resto de los herederos son la nuda propiedad.

   Gracias de antemano, y realmente me urge su respuesta.

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