Quien responde a la garantía de los artículos después del traspaso de un comercio.
Hola buenas tardes,
me gustaría preguntar a alguien que entienda sobre el tema ya que tengo una situación un poco dudosa. Hace poco decidí quedarme con un comercio que iba a cerrar, por lo que se hizo una valoración de los artículos que habían en stock y esa fué el traspaso que les tuve que abonar. Ahora tengo un cliente que compró al anterior propietario un artículo defectuoso y quiere que le tramiten su garantía, y el anterior propietario me lo manda a mí y me dice que yo soy el responsable de hacer frente a la garantía de ese artículo.
(Algo que me parece un poco ilógico ya que si yo no he cobrado ese artículo como voy a devolverle el dinero o a asumir los gastos de reparación?).
Se supone que yo seré el responsable de la garantía de los artículos que yo he vendido, no de lo que otros han vendido.
Entiendo que al coger el traspaso asumo una cartera de clientes tantos positivos como negativos, pero entiendo que esos clientes negativos deben ser aquellos que dejaron de ser clientes del anterior propietario por haberles dado un mal servicio y ahora no quieran ser clientes míos por desconfianza.
La cuestión es si tengo que responder a garantías de artículos que el anterior propietario a cobrado o solo debo responder a las que yo he vendido?...
Muchas gracias a todos de antemano,
un saludo!