Infracción

Buenas y gracias de antemano,
Le expongo el ejemplo para ver si me puede ayudar.
Resulta que en el año 2010 se paga una infracción a una entidad publica de 100 €, que tras una reclamación y verificación esta entidad, devuelve en 2011 parte de la sanción por ingreso indebido, en concreto (70 €)
Contablemente en el 2010 se imputo el gasto (678000) y fiscalmente NO se deducio los 100 € correspondientes, aumentando la Base Imponible.
En el 2011 se contabiliza como menos gasto 70 € (678000), por la correspondiente devolución:
1 º ¿Contablemente en el 2011 seria correcto imputarlo como menos gastos en la 678000?
2º ¿Fiscalmente en el 2011, Disminuiría la Base Imponible? '
Gracias de nuevo.

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