Desgravación de Sanciones tributarias

Buenos días. Me gustaría me ayudara en esta cuestión:
Puse un pequeño comercio con un local arrendado, por desconocimiento no hacia las retenciones del alquiler, y por tanto no las pagaba a hacienda. El comercio lo aperture en abril de 2006 y se cerro en amrzo de 2007. El año pasado recibí una notificación de hacienda que debía 945 euros en concepto de deuda tributaria más una sanción de 250 euros, la cual pague en periodo voluntario, después de informarme del motivo de la deuda. Ahora acabo de recibir otra de igual cantidad, aunque el periodo es menor.
¿Dicha cantidad pagada el año pasado se puede desgravar en la declaración de este año?

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