Fiscalidad módulos

Buenos días,
Mi hermana abrió el año pasado una tienda de venta de té. Cuando fue a Hacienda a informarse, le dijeron que la mejor opción en su caso era tributar por módulos, por lo tanto, se acogió a este método de estimación objetiva. Por ello, ella ha estado tributando el IRPF con el modelo 131. A ella en Hacienda, le dijeron que no tenía que presentar declaración del IVA y a mí me sorprendió el otro día cuando me lo comentó. Yo he trabajado en un despacho de abogados, y aunque no era mi departamento, yo creo que a los autónomos que tributaban por módulos mis compañeros les hacían el 131 y el 310 de IVA cada trimestre, de hecho creo que al igual que en el IRPF era una cantidad fija derivada del cálculo del propio módulo. Su epígrafe, es 647.1 y no sé si será por esto que le dijeron que no tenía que hacer IVA. De cualquier modo, como no me queda muy claro, espero que me podáis contestar si es cierto que está exenta de presentar declaraciones de IVA.
Otra pregunta que me hizo fue que si ella aparte del 131 trimestral tiene que hacer la declaración de la renta de las personas físicas anual ( modelo 100) como cada hijo de vecino y yo le dije que creía que no porque ella ya declaraba su IRPF cada trimestre, pero querría que me confirmaseis si estoy en lo cierto.
Y por último otra cuestión, en la tienda además de té tiene alguna que otra cosilla de loza que también vende, ¿debería de darse de alta en el epígrafe correspondiente, creo que el 653.3?,¿El darse alta en otro epígrafe, le supondría pagar más aunque la actividad se realice en el mismo local? Yo supongo que sí, aunque al parecer, algún conocido le dijo que solo se paga por la primera actividad.
Perdón por ser tan extensa, y espero haberme explicado bien en mis preguntas.
Espero que me podáis contestar lo antes posible por si acaso lo está haciendo mal, ya que el plazo de presentación del primer trimestre se le acaba ya mismo.
Muchas gracias,

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