Modelo 115 y 180 en una Comunidad de Bienes
Buenas tardes,
Mis padres crearon hace 3 meses una C.B para alquilar a un comerciante un local. Así que se trata de una C.B con 2 comuneros al 50% cada uno. Ahora tengo que presentar los impuestos de autoliquidación y no sé cuales se han de presentar (lo prefiero hacer yo ya que parece simple). La única actividad de la C.B es el alquiler de un local con su IVA (16%) y Retención IRPF(18%).
Me han comentado de pagar los siguientes:
184 anual (OK en marzo)
115 trimestral (?)
180 anual (?)
303 trimestral (ya presentado ahora en enero y OK)
390 anual (ya presentado ahora en enero y OK)
Y cada uno de los comuneros, en la declaración de la renta tendrán que declarar los beneficios como atribución de rentas.(OK en junio)
Lo que tengo DUDA es el ¿por qué pagar el 115 y el 180 del 2009? Si la CB ya "descontó" el 18% al inquilino con sus recibos mensuales (BASE+IVA-IRPF), es éste quien debe pagar a Hacienda dicho 18% haciendo él el 115 y el 180...¿me equivoco en algo? ¿Me confundo en algo que no veo? ¿Por qué pagar otra vez la retención del 18% a Hacienda esta vez?
Muchas gracias,
un novato
Mis padres crearon hace 3 meses una C.B para alquilar a un comerciante un local. Así que se trata de una C.B con 2 comuneros al 50% cada uno. Ahora tengo que presentar los impuestos de autoliquidación y no sé cuales se han de presentar (lo prefiero hacer yo ya que parece simple). La única actividad de la C.B es el alquiler de un local con su IVA (16%) y Retención IRPF(18%).
Me han comentado de pagar los siguientes:
184 anual (OK en marzo)
115 trimestral (?)
180 anual (?)
303 trimestral (ya presentado ahora en enero y OK)
390 anual (ya presentado ahora en enero y OK)
Y cada uno de los comuneros, en la declaración de la renta tendrán que declarar los beneficios como atribución de rentas.(OK en junio)
Lo que tengo DUDA es el ¿por qué pagar el 115 y el 180 del 2009? Si la CB ya "descontó" el 18% al inquilino con sus recibos mensuales (BASE+IVA-IRPF), es éste quien debe pagar a Hacienda dicho 18% haciendo él el 115 y el 180...¿me equivoco en algo? ¿Me confundo en algo que no veo? ¿Por qué pagar otra vez la retención del 18% a Hacienda esta vez?
Muchas gracias,
un novato