Prescripción error IRPF

Hola,
En 2002 me apunte a una cooperativa de viviendas y empecé a deducirme lo que me correspondía en concepto de construcción de vivienda habitual (¿15% de un máximo de 9015? Anual) desde la declaración de IRPF de 2002 hasta la de 2005. El problema es que la construcción de la vivienda se retrasó de manera indefinida y terminé por salir de la cooperativa en 2008 recuperando toda la inversión (no me deduje nada en los ejercicios de 2006 y 2007). Ahora sé que tendría que haber devuelto las cantidades deducidas al cabo de los 4 años de la primera deducción al no haber adquirido una vivienda, pero no lo hice en su momento...
Mi pregunta es, al haber pasado ya cuatro años desde que expiró el plazo de adquisición (2005) ¿Ha prescrito ya el error?
En caso de que no haya prescrito y me decidiera a devolverlo, ¿a cuánto ascenderían los intereses (me deduje 5400? En los cuatro años)?
Y si hubiera sanción por parte de la agencia tributaria, ¿cuánto puedo esperar de sanción?
Gracias por adelantado

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