Renta exenta.
Hola, el 31 de julio de 2007, fui despedido tras 19,19 años, al tratarse de un despido por cierre de la empresa, la indemnización recibida estará exenta, despido por causa objetiva, de acuerdo con la normativa laboral articulo 52 ET, una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Dos preguntas:
1ª.- ¿Qué cálculos son necesarios para determinar la renta exenta?
2ª.- ¿De dónde sale el 40 % para la reducción a que se refiere el artículo 18, apartado 2 y 3 de la Ley de impuestos?
Estos son los datos que tengo para si eres tan amable de aclararme las dudas.
Datos económicos del año 2007
BASE IMPONIBLE del 01/01/07 al 31/07/07 17.096,50 ?
¿RETENCIONES 8.445,68?
¿Retribuciones en especies 114,02?
¿Seguridad social 1.082,10?
¿Indemnización por despido 64.683,68?
Años trabajado 19,19.
Muchas gracias y un saludo.
Juan Manuel.
Dos preguntas:
1ª.- ¿Qué cálculos son necesarios para determinar la renta exenta?
2ª.- ¿De dónde sale el 40 % para la reducción a que se refiere el artículo 18, apartado 2 y 3 de la Ley de impuestos?
Estos son los datos que tengo para si eres tan amable de aclararme las dudas.
Datos económicos del año 2007
BASE IMPONIBLE del 01/01/07 al 31/07/07 17.096,50 ?
¿RETENCIONES 8.445,68?
¿Retribuciones en especies 114,02?
¿Seguridad social 1.082,10?
¿Indemnización por despido 64.683,68?
Años trabajado 19,19.
Muchas gracias y un saludo.
Juan Manuel.