Pago pared medianera

Buenos días, me llamo Sara y quisiera consultarles acerca de una pared
medianera. Mis padres han comprado una casa en un pueblo de Cuenca que ha sido demolida. En un lateral queda en pie la pared medianera, parte de la cual ha sido
demolida y reconstruida en su totalidad por las vecinas colindantes en el mismo sitio que la antigua (dieron permiso las antiguas dueñas de la casa que han comprado mis
padres). Mi pregunta es: hasta que altura tienen que pagar mis padres la
pared medianera reconstruida? Tienen que pagar desde la cimentación
hasta la altura total? Es bastante alta, ya que hay dos casas contiguas
muy altas construidas. O solamente pagarían la cimentación y la altura
del garaje que quieren hacer mis padres? Y si pagan, por ejemplo, 3
metros de altura de pared, si algún día quieren hacer una casa de 6
metros de altura, podrían hacer uso de la pared medianera sin pagar, una
vez transcurridos los 10 años que establece el código civil para la
prescripción del pago de la pared medianera?


Y otra cuestión: en esta pared medianera han hecho dos agujeros circulares de unos 12
centímetros de diámetro para ventilación y nos han dicho los albañiles
que es legal, que viene recogido en el Código Civil y que si queremos
taparlos hay que abonar los costes correspondientes de la pared
medianera o hacer un tabique delante (esta opción la descartamos, ya que
mis padres perderían terreno y además el uso de la medianería). Esto es
así? Porque según he visto en el Código Civil si existe la posibilidad de hacer un hueco de 30 centímetros en cuadro en una pared NO medianera pero en este caso la pared es medianera.

Muchas gracias

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