Derecho a la intimidad
Buenas tardes, os comento mi caso. En el servicio de dispensación de medicamentos del hospital, no se dispone de una puerta cerrada mientras se es atendido. Te atienden en un mostrador, detrás del cual se encuentran los medicamentos. Mientras eres atendido el resto de pacientes esperan en la puerta (Repito)abierta,a tu espalda, tras una linea de "espere su turno" a menos de 1 metro de distancia de donde eres atendido. Desde la linea, cuando eres el que espera, ves perfectamente lo que ocurre dentro, tanto que medicamento se le entrega, como cualquier tipo de documentación. Tras preguntar si podía cerrar la puerta, me comunican que no se me permite por normas del hospital. Mi pregunta es: ¿Esto no atenta contra el derecho a la intimidad del paciente, ya que un paciente no tiene por qué exponer a los demás, el servicio al que está siendo atendido? ¿Como podría actuar, ya que tras una reclamación lo único que responde el hospital, es que "se prevé un nuevo lugar para este servicio, pero que ya al menos disponen de una linea de "espere su turno""?