Es denunciable un impago que se acordó verbalmente, ¿Pero qué tiene constancia escrita?

Hace unos años tenía una empresa que trabajó para un particular o empresa, préstamo unos servicios. En aquel momento por realizar un trabajo, se acordó el pago de 30.000€. El trabajo se realizó y nunca se pagó. Poco después a la misma persona se le prestó 3.000€ que tampoco ha devuelto.

He buscado entre emails que efectivamente confirman que acordamos ese hecho pero hace unas semanas, realizamos un contrato en el que se establecía un calendario de pagos de los 3.000 prestados pero que de incumplirse, se reclamaría la totalidad de la deuda (33.000). Es por ello por lo que una vez incumplido el acuerdo, quería saber si es denunciable este hecho o no.

Gracias

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