El derecho de repetición de la aseguradora
Buenas tardes:
Si fuera condenado por un delito de conducir bajo los efectos de alcohol, el importe que la campañia de seguros puede reclamar en su derecho de repetición es la cantidad que ha pagado, osea indemnizado al herido, o también puede reclamar los gastos sanitarios (hospital, intervenciones quirúrgicas etc,)
Muchas gracias
Si fuera condenado por un delito de conducir bajo los efectos de alcohol, el importe que la campañia de seguros puede reclamar en su derecho de repetición es la cantidad que ha pagado, osea indemnizado al herido, o también puede reclamar los gastos sanitarios (hospital, intervenciones quirúrgicas etc,)
Muchas gracias