Entrega de jardín por promotora

Hola,
soy propietario de un chalet adosado en una urbanización. Las Casas se están habitando desde hace un años ya..
Tiene forma de cuadrado y en el centro del mismo hay una zona comunitaria que la promotora destino a jardín comunitario y que en los folletos publicitarios de venta aparecía con césped y arboles
Por fin un año después, se han decidido a plantar el césped, pero la tierra en este año, se ha endurecido y han crecido multitud de hierbajos, ademas, las lluvias han lavado la tierra y han aparecido gran cantidad de piedras. Algunas de ellas muy grandes...
Hace unos días, la empresa contratada para plantar el césped, se presento, con un montón de mantillo y sobre la tierra seca comenzaron a repartir las semillas. Después echaban aproximanamente un centímetro o dos de matillo por encima.
Los mismo trabajadores nos comentaron que unicamente les habían contratado para eso, pero que eso estaba mal hecho
Pensamos que la siembra del césped, debería pasar por: desbrozar, limpiar el terreno de piedras, roturar o labrar la tierra pues esta dura, regar varios días antes para humedecer la tierra y posteriormente sembrar y mantillar.
Por ese motivo paramos los trabajos y estamos de discusión con la promotora.
Mi pregunta es: ¿En qué estado nos debe entregar la promotora ese césped legalmente? He oído que lo deberían entregar ya con el primer corte hecho y que mientras tanto es responsabilidad suya.
Ellos pretenden hacer la siembra y después que nos encarguemos la comunidad del riego y de esa manera si no sale dirán que es culpa nuestra...
¿Hay normativa o jurispruidencia al respecto?
¿Qué opinas?
Muchas gracias y un saludo

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