Devolución de dinero por compraventa parcela

Buenas tardes,
Adjunto le remito contrato de compraventa de parcela urbana que se firmo en agosto del año 2006 (con los datos que faltan rellenos) para nosotros jose luis (el que les escribe) y Sonia comprar parcela como compradores.
Le comento algunas de las dudas que tenemos:
* Hemos efectuado ya el 2º pago y la situación ahora mismo es que la parte vendedora aun no nos ha comunicado nada porque al parecer aun le falta el permiso de medioambiente que espera obtener en breve, a pesar de poner en contrato que aproximadamente en junio de 07 se podría escriturar.
* Nosotros vamos a comprar otra parcela a otro señor y nos interesaría si es posible poder resolver el contrato que les adjunto y recuperar el dinero que hemos dado ya que junio de 2007 a pasado con creces.
* Del primer pago no nos ha dado factura, esta se la podemos exigir o no nos afecta para nada aunque los pagos 1º (18.850,23 ?) y 2º (18.850,23 ?) se han efectuado por transferencia bancaria.
*A la hora de escriturar se pueden negar o retrasar en el tiempo hasta el infinito este acto, dado que dicen que ellos notificarán a la parte compradora cuando escriturar (Se puede establecer un plazo máximo).
*Hay otro inconveniente y es que nos exigió 6.000 Euros en dinero B.
¿Se podría exigir el dinero que hemos entregado 37.700,46? (¿Primer y segundo pago en A) y los 6.000 en B?.
¿Cómo debemos actuar?
Gracias por anticipado y saludos
. "contrato de compraventa de solar
Reunidos
De una parte, XXXXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en C/ XXXXXX Nº XXX con NIF XXXXXX.
De otra parte, D. XXXXXXY Dª XXXXXX, mayores de edad, casados con domicilio en C/ XXXXXX, Nº XXXXXX de XXXXXX, con DNI. XXXXXX y XXXXXX.
Actúan el primero en nombre y representación de la entidad mercantil XXXXXX con C.I.F XXXXXX, domiciliada en XXXXXX (XXXXXX) calle XXXXXX.
De otra, en su propio nombre D. Nº XXXXXX Y Dª Nº XXXXXX
.
Ambas partes reconociéndose capacidad legal suficiente para otorgar el presente contrato de compraventa,
Exponen
I.- Que, la Sociedad Nº XXXXXX es propietaria de la siguiente finca: Parcela de suelo urbanizable en Nº XXXXXX (Nº XXXXXX), al sitio de " RESIDENCIAL XXXXXX" finca Nº XXXXXX con una superficie de XXXXXX M2. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Nº XXXXXX, núm. XX al tomo XX, libro XX, folio XX, finca XX.
II.- Que la citada finca, según manifiesta la parte propietaria de la finca, está siendo objeto de urbanización, de acuerdo con el Proyecto de Actuación Urbanística aprobado por el Ayuntamiento Pleno con fecha XXXXX. La parcela adquirida esta señalada con el nº P-XXX según el proyecto de parcelación de la citada finca, tomando como base plano que se acompaña a este documento. Que la creación de las parcelas e inscripción en el correspondiente Registro de la propiedad, se realizara una vez se obtengan todos los permisos correspondientes por parte de la administración .
III.- Que las partes compradoras están interesados en la compra de la parcela descritas en el punto anterior y el vendedor en su venta, por lo que
Acuerdan
La celebración del presente contrato que se regirá por las siguientes
Estipulaciones
Primera .- D. XXXXX, en representación de XXXXX, vende a D. XXXXX y Dª XXXXX, que compran una de las parcelas resultantes de la citada Urbanización dichas parcelas se transmitirán como cuerpo cierto y con los usos y derechos pactados en este contrato.
Esta parcela se entregará con todos los servicios y urbanización realizada, como exigen los proyectos de urbanización y parcelación a los que se hace referencia.
Segunda.- El precio de la referida compraventa es de:
P-XX
SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENT0S con noventa y dos EUROS ( 75.400,92 Euros), considerando que la superficie transmitida es de 209,68 m2 .
1º ENTREGA el 25% del total:
En este mismo acto se entrega la cantidad de DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA con veintitrés .EUROS (18.850,23 Euros) como 1ª entrega el pago total:
Dicha cantidad se hace entrega de la siguiente manera:
- Ingreso en la entidad Bancaria Caja Castilla La Mancha.
Cuenta XXXXXXXXXX de DIECIOCHO MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA con veintitrés EUROS ( 18.850,23 EUROS), la presente transmisión esta sometida al 16% del Impuesto sobre el Valor añadido siendo el siguiente resultado :
Ingreso en CCM 16.250.20
¿IVA 16% 2.600,03
TOTAL 18.850,23?
2º ENTREGA el 2º 25% del total:
En el plazo de seis meses, a contar desde la fecha de la firma del presente contrato, la parte compradora hará la segunda entrega a cuenta.
Dicha cantidad se hará entrega de la siguiente manera:
- Ingreso en la entidad Bancaria Caja Castilla La Mancha
Cuenta XXXXXXXXXX de DIECIOCHO MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA con veintitrés EUROS ( 18.850,23 EUROS), la presente transmisión esta sometida al 16% del Impuesto sobre el Valor añadido siendo el siguiente resultado :
Ingreso en CCM 16.250.20
¿IVA 16% 2.600,03
TOTAL 18.850,23?
3º ENTREGA pago final del 50% restante del total:
Dicha cantidad se hará entrega antes de la firma de escritura pública que será notificada con la debida antelación por la parte vendedora a la compradora.
Dicha cantidad se hará entrega de la siguiente manera:
- Ingreso en la entidad Bancaria Caja Castilla La Mancha
Cuenta XXXXX de TREINTA Y SIETE MIL SETENCIENTOS con cuarenta y seis EUROS ( 37.700,46 EUROS), la presente transmisión esta sometida al 16% del Impuesto sobre el Valor añadido siendo el siguiente resultado :
Ingreso en CCM 32.500,40
¿IVA 16% 5.200,06
TOTAL 37.700,46?
Tercera.- Todos los gastos ocasionados con motivo de la compraventa serán de cuenta de la parte compradora, excepto el impuesto de plusvalía si tuviera lugar que será de cuenta de la parte vendedora.
Cuarta.- Ambas partes convienen que la correspondiente escritura de compraventa, será realizada a favor del comprador en su calidad de persona física, de cualquier entidad jurídica en la que éste tuviera intereses o participación o favor de cualquier persona física o jurídica que éste indicaré, dicha escritura será debidamente formalizada en el momento que toda la documentación este preparada y la urbanización debidamente terminada estando previsto aproximadamente el mes de junio de 2007 o si pudiera ser fecha anterior, notificándole a la parte compradora la fecha, día y hora de dicho acto con la debida antelación.
Quinta.- En caso de renuncia por cualquiera de las dos partes, al cumplimiento del presente contrato, se fija como indemnización a la otra la cantidad de QUINCE MIL EUROS ( 15.000 Euros ).
Sexta.- Para la resolución de cuantas discrepancias puedan surgir entre las partes relativas a la interpretación, cumplimiento o incumplimiento del presente contrato, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los juzgados de Toledo.
Séptima.- Queda expresamente prohibida la cesión de la posesión contractual de la parte compradora en favor de terceras personas...

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