Pensión compensatoria en Régimen Económico Matrimonial de Separación de Bienes.

Una persona que firma Capitulaciones matrimoniales en R.E.M. Separación de bienes. Pero que cuando llegan los hijos, decide por el bien común del matrimonio, reducir su jornada laboral a la mitad para dedicarse al cuidado de los niños y la familia.

Si esa persona decide divorciarse, tendría derecho a recibir una Pensíon Compensatoria de algún otro tipo de el otro cónyuge?

Si durante el matrimonio se compraron una casa en común que no es la vivienda habitual, es decir a nombre de los dos, pero evidentemente, como solo trabaja el otro cónyuge, ya que esta persona debido que trabajaba a tiempo parcial, los ingresos eran irrisorios, aunque este anombre de los dos, si el demuestra que el pago de esa vivienda se hacia con sus ingresos, como quedaría eso??

Gracias y un saludo,

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