Ejecución sentencia en convenio de divorcio

Buenos días.

En octubre de 2011 firmamos el convenio regulador, la pensión alimenticia ascendía a 270€, siendo ratificado por el juez en febrero de 2012. Este convenio refería todos los gastos del hijo común (13 años), a medias, excepto extras. Mi ex y yo tenemos un sueldo similar.

Desde la separación hasta septiembre de 2012 la pensión alimenticia ha sido correctamente satisfecha. Remarco también que la vivienda de alquiler que él tenía y el piso común, en el cual vivo yo con mi hijo, se pagaba todo a medias. Actualmente su piso de alquiler ya no se paga, puesto que vive con su nueva pareja.

La abogada que nos llevó el divorcio de mutuo acuerdo, nos comentó que debíamos calcular los gastos del niño y dividirlos a medias; ya que la custodia la tengo yo, él debía satisfacer su parte mensualmente. Hice un excel donde intenté calcular estos gastos más o menos, y cometí el error de infra-valorarlo todo excesivamente. A la hora de la verdad he comprobado que vengo gastando más que eso, y por supuesto cada vez más por la edad.

El problema viene al querer ir en excesivo "buen rollo". Me explico: A partir del septiembre, el niño empieza la ESO (la cuota escolar baja un poco), deja de hacer un extra escolar (que se la calculó como pensión alimenticia), su padre le compra un teléfono (me dice que paguemos la línea a medias), le descuento un día que come en su casa... Etc, etc, etc. Total que actualmente paga una cuota de 197€, que incluye alimentos, colegio concertado y vestimenta. Evidentemente no llego a final de mes. En noviembre escribo un mail a mi ex (todo lo hacemos por escrito, hay constancia de todo) donde le explico que tenemos que recalcular la pensión, porque no llego a fin de mes. La respuesta que recibo es que no puede pagar más, además no lo entiende porque fui yo quien lo calculo.

A raíz de todo lo expuesto, y tras intentar ponerme de acuerdo con mi ex sin conseguirlo, estoy valorando la posibilidad de pedir una ejecución de sentencia; es decir, que pague los 270€ + la regularización del IPC.

Las dudas que me surgen son las siguientes:

-¿Desde cuándo puedo reclamar que se satisfaga dicha cantidad de pensión alimenticia?

-¿La educación concertada se incluye en la pensión de alimentos? En mi convenio el concepto es alimentación y vestimenta.

-¿Cuál es el coste aproximado y tiempo del procedimiento?

-¿Me podría exigir la venta del piso? En el convenio acordamos que poníamos el piso a la venta (no se puso precio ni fecha), y así se hizo, pero el mercado actual dicta que tenemos que bajar mucho el precio de venta, tanto que no nos cubre la hipoteca pendiente.

Ahora mi ex juega a ponerme la condición de vender el piso para pagar la totalidad de la pensión, a lo que yo no estoy dispuesta. Está claro que no puedo asumir una deuda por la venta del piso.

Gracias de antemano por sus respuestas.

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