Aclaración de la movilidad de policías locales de Castilla la mancha
Hola gracias de antemano y mi consulta es referida a la ley de coordinación de las policías locales de castilla la mancha ley 8/2002 de 23 mayo,en su artículo 22 dice:
Movilidad:
1. Los Ayuntamientos podrán optar por cubrir los puestos vacantes en sus Cuerpos de Policía Local por el sistema de movilidad entre funcionarios de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha. De optarse por la práctica de este sistema de provisión, deberán reservarse, a través de las correspondientes Relaciones de Puestos de Trabajo, entre el veinte y el cincuenta por ciento de los puestos para su cobertura a través del mismo, según criterios de población determinados reglamentariamente.
2. Podrán participar en la cobertura de puestos a través del sistema de movilidad los agentes de la categoría de que se trate que tengan una antigüedad de tres o más años en la misma.
Hasta el año pasado aplicaban estos porcentajes más o menos en la mayoría de los municipios con respecto a las plazas ofertadas,pero este año nos están haciendo polvo sacándolas todas por movilidad.antes si sacaba un ayuntamiento 4 plazas,generalmente,era oposición libre todas las plazas,en algún sitio se reservaba alguna para movilidad pero era la excepción,en este año como los ayuntamientos no están por la labor de pagar la formación de policías nuevos,hay ayuntamientos que han convocado 5 plazas y las 5 por movilidad.yo entiendo que los porcentajes deben ir referidos a las vacantes y no sobre una rpt al igual que se interpreta la reserva de plazas para discapacidad o promoción interna.
estamos siendo gravemente perjudicadoa los opositores y encima las admones pequeñas pierden sus efectivos,y fomentan que si vuelven a convocar plazas en su municipio sean lógicamente para la gente del municipio,para que no se marchen a los 3 años después de haber formado a los policías.
agradecería su opinión al respecto.
gracias un saludo