Compra vivienda embargada

Buenas tardes:

Mi novio y yo hemos comprado una vivienda embargada al banco. En la escritura de compraventa figura que la entidad se hace responsable de las cargas anteriores a la firma de la escritura, pero la presidenta de la comunidad de propietarios nos reclama una deuda anterior de casi 600 € correspondiente a la instalación del ascensor. Consultamos con el banco, que nos indicó que solicitáramos la información de la deuda y se lo enviáramos tanto a la gestora como a la directora de la sucursal. La presidenta, desde el primer momento, se ha negado a facilitarnos cualquier información, diciendo que ya lo tienen todo ambas partes. Le hemos hecho saber que esa deuda la tiene que reclamar al banco, pero nos ha dicho que mientras esté esa deuda pendiente, podemos opinar en la reuniones de propietarios, pero no votar, ¿es eso cierto? ¿Porqué no podemos votar si la deuda no es nuestra, sino de los anteriores propietarios?

Por último, no sé hasta qué punto, puede reclamar el pago de esa deuda, ya que se corresponde con una derrama de 2007, y el banco se hizo propietario del piso en 2010. Por lo que he entendido en la LPH solo se puede reclamar la deuda del año en curso y del inmediatamente anterior.

Muchas gracias.

Un saludo

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