Extensión de la Hipoteca Inmobiliaria
¡Hola!
De acuerdo al art. 110 de la Ley Hipotecaria, se dice que se entenderán extendidos a la hipoteca, aunque no se mencionen en el contrato: la mejoras que consistan en nuevas plantaciones, obras de riego o desagüe, obras de reparación, seguridad, transformación, comodidad, adorno o elevación de edificios y cualesquiera otras semejantes que no consistan en la elevación de terrenos, excepto por accesión natural, o en nueva construcción de edificios donde antes no los hubiere.
Aquí va una de mis preguntas, ¿se considera extendida a la hipoteca de una finca la nueva construcción de una nave?
Ahora bien, si en la escritura para la inscripción de la hipoteca en el Registro, se ha pactado expresamente que a parte que se extendería la hipoteca a cuanto determinan los arts. 109, 110 y 111 LH, también se extendería a las construcciones existentes en la finca hipotecada y a las nuevas construcciones que pudieren ejecutarse, así como las que puedan existir sin declaración de obra nueva ni inscripción registral, ¿Sería válido este pacto que realizan las partes en la escritura?
Muchas gracias.
Un saludo, .
De acuerdo al art. 110 de la Ley Hipotecaria, se dice que se entenderán extendidos a la hipoteca, aunque no se mencionen en el contrato: la mejoras que consistan en nuevas plantaciones, obras de riego o desagüe, obras de reparación, seguridad, transformación, comodidad, adorno o elevación de edificios y cualesquiera otras semejantes que no consistan en la elevación de terrenos, excepto por accesión natural, o en nueva construcción de edificios donde antes no los hubiere.
Aquí va una de mis preguntas, ¿se considera extendida a la hipoteca de una finca la nueva construcción de una nave?
Ahora bien, si en la escritura para la inscripción de la hipoteca en el Registro, se ha pactado expresamente que a parte que se extendería la hipoteca a cuanto determinan los arts. 109, 110 y 111 LH, también se extendería a las construcciones existentes en la finca hipotecada y a las nuevas construcciones que pudieren ejecutarse, así como las que puedan existir sin declaración de obra nueva ni inscripción registral, ¿Sería válido este pacto que realizan las partes en la escritura?
Muchas gracias.
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