Hipoteca y tarjetas de crédito.-

Hola!
En estos últimos tiempos he tenido problemas para pagar mi hipoteca, por lo que he tenido que poner en venta mi chalet. He conseguido un comprador y están evaluando su solvencia para subrogar la hipoteca (que está en el 70% del valor de tasación actual del chalet) y que tiene condiciones interesantes para el comprador.-
Tengo además en la misma institución tarjetas de crédito concedidas. Dado que me he atrasado en algunos meses en el pago de los mínimos de la tarjeta, la directora de la sucursal me dice que al cancelar la hipoteca del chalet, debo cancelarle, en el mismo acto, el saldo total de las tarjetas de crédito.
Sin duda, deberé saldar mi deuda con la institución bancaria pero deseo saber si esta obligación de hacerlo simultáneamente es legal como me dice la directora, puesto que desde el inicio de la crisis bancaria, esa institución fue cancelándome continuamente los créditos de los que disponía, siendo en gran medida la responsable de la imposibilidad de seguir girando con mi actividad profesional.
Digamos que "huelo" que desean obtener el pago total en el mismo momento aprovechando la situación lo facilita (en el notario elegido por la insstitución bancaria) y especulan con la falta de conocimiento de mis derechos.-
En mi opinión, se trata de dos obligaciones de distinta índole y se deben tratar por separado, lo que invalidaría el pedido de la directora. ¿Estoy en lo correcto? En el momento del acto de compraventa y cancelación de la hipoteca, ¿estoy obligado a cancelar la cuenta de la tarjeta de crédito?
Muchas gracias por la respuesta. Atentos saludos.-

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