Cancelación hipoteca cualificada sin vender piso
Hola:
Hace 6 años, acogiéndome al plan de vivienda 2002-2005, conseguí un préstamo cualificado sobre mi vivienda habitual. Además, debido a la renta, el Ministerio de Vivienda (antes Fomento) me subvencionaba durante 10 años un porcentaje de la cuota mensual.
A los 5 años de la formalización del préstamo cualificado tocaba renovación del papeleo para saber si el Ministerio debía seguir manteniéndome la bonificación de la cuota (durante los 5 años siguientes) o no. Como mi nivel de renta aumentó, ya no me correspondía ninguna bonificación, por lo que actualmente pago el 100% de la cuota.
Actualmente estoy recibiendo ofertas de entidades bancarias, que me ofrecen un interés hipotecario mejor del que tengo.
Sé que, según el Plan de vivienda 2002-2005, en caso de vender el piso antes de los 10 años de haberse concedido el préstamo cualificado, tendría que cancelar el préstamo cualificado y devolver todas las subvenciones percibidas, pero no se dice nada acerca de qué pasa si cambio mi hipoteca a otra entidad (perdiendo la atribución de préstamo cualificado).
En la Administración Pública no han sabido contestarme, así que pregunto en este foro: ¿Qué implicaciones tiene cancelar el préstamo cualificado sin vender el piso? ¿Puedo hacerlo?
Muchas gracias por la ayuda.
Hace 6 años, acogiéndome al plan de vivienda 2002-2005, conseguí un préstamo cualificado sobre mi vivienda habitual. Además, debido a la renta, el Ministerio de Vivienda (antes Fomento) me subvencionaba durante 10 años un porcentaje de la cuota mensual.
A los 5 años de la formalización del préstamo cualificado tocaba renovación del papeleo para saber si el Ministerio debía seguir manteniéndome la bonificación de la cuota (durante los 5 años siguientes) o no. Como mi nivel de renta aumentó, ya no me correspondía ninguna bonificación, por lo que actualmente pago el 100% de la cuota.
Actualmente estoy recibiendo ofertas de entidades bancarias, que me ofrecen un interés hipotecario mejor del que tengo.
Sé que, según el Plan de vivienda 2002-2005, en caso de vender el piso antes de los 10 años de haberse concedido el préstamo cualificado, tendría que cancelar el préstamo cualificado y devolver todas las subvenciones percibidas, pero no se dice nada acerca de qué pasa si cambio mi hipoteca a otra entidad (perdiendo la atribución de préstamo cualificado).
En la Administración Pública no han sabido contestarme, así que pregunto en este foro: ¿Qué implicaciones tiene cancelar el préstamo cualificado sin vender el piso? ¿Puedo hacerlo?
Muchas gracias por la ayuda.