Gastos de constitución sociedad

Tengo unas facturas del Registro Mercantil Central que están a nombre de la Asesoría que nos lleva la Contabilidad de la Empresa, pertenecen a diferentes conceptos relacionados con la constitución de nuestra empresa (mensajería, solicitud negativa de denominación, etc.) Nuestra Asesoría las ha contabilizado a nuestro nombre, deduciéndonos el IVA correspondiente... Como si se tratara de cualquier otra factura. Ella nos hizo una factura repercutiéndonos estos gastos como suplidos.
Les he preguntado porque me extrañó y me ha dicho que es correcto porque son gastos de la constitución a cuenta de la Asesoría. ¿Están bien contabilizadas de esta manera? Yo no las habría contabilizado en nuestra empresa, pues vienen a nombre de la Asesoría, simplemente habría reflejado como gasto (en la cuenta 623) el importe pagado por cuenta de la Asesoría al Registro Mercantil. ¿Qué opináis?

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