¿Hay que declarar las ganancias de las inversiones en España?

Si se invierte en Bolsa en España, ¿se está obligado a presentar en la Declaración de la Renta las acciones de las inversiones que se realizan anualmente?

En caso afirmativo, ¿dónde tienen que ser expuestas en la declaración o a través de qué procedimientos?

2 Respuestas

Respuesta
1

En el epígrafe de la declaración :

Ganancias y pérdidas patrimoniales
Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales(b.i.ahorro)
Ganancias y pérdidas patrimoniales de transmisiones de acciones negociadas

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En esta sección necesitas el nombre del titulo que has comprado y vendido, la fecha de la compra y la fecha de la venta así como el precio de compra y el precio de venta. Casillas 0326 a 0339.

Normalmente el dato de esa venta ya la sabe hacienda y viene incorporada porque el banco tiene la obligación de facilitárselo. Mira el borrador y corrige los datos si alguno no es del todo correcto según tus datos.

Sobre la compra -venta la diferencia es la que aparece . Ganancia o perdida. Según esto se gestionara automáticamente hacia un lado u otro con diferente resultado en el computo de tu declaración.

Entra en Teléfono: 901 33 55 33
www.agenciatributaria.es y sigue la guia y las formas para acceder a tu borrador donde podras verificarlo, corregirlo y si lo das por bueno presentarlo.

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Entendemos que usted no es residente en España, si lo fuera, en su declaración de Renta hay que declarar los incrementos patrimoniales generaos por las venta de acciones, etc., así como los dividendos cobrados.

Usted ha de declarar todas sus rentas mundiales en el país de residencia fiscal, pero hay que analizar el convenio para evitar la doble imposición internacional firmado entre España y su país de residencia fiscal.

Como norma general, usted debe declarar como no residente las ganancias obtenidas en España y luego podrá aplicar lo pagado en su declaración de renta del país de residencia (aplicando el convenio).

www.abogadoseo.com

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