Nota simple y contrato de arras

Hemos señalizado la compra para una vivienda mediante un contrato de arras y 3000€, en el contrato de arras aparece que esta libre de cargas y que la vivienda tiene 140 metros, cual es nuestra sorpresa que al solicitar nota simple para tasacion, pone que la vivienda tiene 110 metros y tiene cargas de dos hipotecas y una orden de embargo (que en la inmobiliaria aseguran esta ya resuelta) mi pregunta es si ambos aspectos se pueden considerar vicio oculta e invalidar el contrato de arras y la consecuente devolucion del dinero de entrada, ya que la vivienda para la que dimos la entra no tiene las caractericas de la vivienda realmente.

1 respuesta

Respuesta

Usted debería haber solicitado una nota simple en el registro, previa a firmar las arras y entregar cualquier cantidad.

Que tenga cargas registrales no es un vicio oculto. Y es posible que estas cargas se puedan cancelar en el momento de la venta en el notario, si no lo están antes, en muchos casos hay hipotecas pagadas pero no canceladas registralmente y se cancelan por caducidad...

En cuanto a los metros, es muy habitual que haya alguna diferencia en cuanto a los metros construidos y los metros útiles (pues incluye partes comunes los metros construidos). Y también es habitual que usted compre como "cuerpo cierto", es decir, que conoce lo que hay y eso es lo que le venden...

En cualquier caso, debería ponerse en manos de un abogado especializado que le estudie y ayude con su caso concreto.

Muchas gracias por tu respuesta, pero me gustaría añadir que en nota simple aparecen metros construidos no útiles, por lo que, corrígeme si me equivoco, la cuantía de metros debería coincidir. Además, cabe añadir, que me dijeron la vivienda no era de protección oficial porque ya habían pasado los años pertinentes, y aun faltan 15 años para ello. De igual forma firmamos un documento en que reflejaba que si no nos era concedida la hipoteca nos devolverían el importe de la señal, y evidentemente la hipoteca ha sido denegada porque me dicen que no me pueden conceder una hipoteca de esa cuantía para una vivienda de esas características. Pero aun así la inmobiliaria dice que tengo que probar a pedirla con su financiera particular para que puedan devolverme el importe, lo cual no me parece legal porque me hablan de conseguir el restante por otras vías, entiendo por ello con un prestamos personal, cosa a la que nos negamos. Muchas gracias de igual forma por tu información, consultaremos con un abogado.

Efectivamente, debe ponerse en manos de un abogado que le estudie la documentación y le ayude con su caso concreto.

Por lo que parece, hay varias cuestiones de las que no fue usted informado, además del tema del crédito, y por lo tanto, podría tener derecho a la devoucion de las arras, pero es posible que tenga que terminar en la vía judicial.

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