Problema a resolver de los telefonillos, porteros automáticos.

Somos 10 portales en manzana cerrada que formamos además de cada comunidad de portal, una mancomunidad de los 10 portales, esta mancomunidad atiende los servicios de limpieza, mantenimiento, luces del patio, pues es una manzana cerrada, las puertas que pusimos en el exterior y e su día al poner esas puertas se saco línea de cada portal para poner también telefonillos fuera de esas puertas, pues de otra forma no podríamos ni llamar a ellos ni abrir.

Ahora algunos vecinos quieren que la mancomunidad de los 10 portales arreglen todos los telefonillos desde el interior de cada vivienda, algunos portales los tenemos perfectos.

Pregunto los telefonillos debería de ser responsabilidad de cada portal, no de la mancomunidad de los 10 portales.

Más por ejemplo mi portal siempre que tuvimos avería del portero automático la arreglamos la comunidad del portal.

Otros portales les faltan botones de la botonera y no dieron parte al seguro por vandalismo o robo.

Si esta claro bajamos una línea de botonera al cerrar el patio de cada portal además de la que ya teníamos, pero pertenece a cada portal.

Pregunto: ¿Quién tiene que arreglar los porteros automáticos? La comunidad de cada portal los suyos, o la mancomunidad de los 10 portales que solo se encarga de el patio y puertas exteriores de dicho patio.

Es en Madrid, somos 10 vecinos por portal y 10 portales, 100 vecinos, la comunidad de los garajes también la llevamos separada.

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Cuando se constituye una Mancomunidad, se redacta un título constitutivo, el cual recoge la descripción del complejo inmobiliario en su conjunto y de los elementos, viales, instalaciones y servicios comunes. Si en el título de su Mancomunidad se incluyen los porteros automáticos como elementos comunes, es responsabilidad de la misma realizar el mantenimiento o las reparaciones que sean necesarias. Si aparecen en el título constitutivo de las comunidades de los portales, la responsabilidad recae sobre ellas.

A nivel personal (y es sólo una opinión) comparto su visión. En principio, lo más normal sería que se tratara de elementos privativos de cada portal, al tratarse de elementos individuales que dan servicio únicamente a cada portal y no a la Mancomunidad.

Hola, gracias por la respuesta, las viviendas tienen unos 30 años y no creo se redactara lo que comentas, pero me informare.

Gracias,saludos

Si no consigue encontrar nada, tengan en cuenta lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal, en cuanto a las obligaciones de los propietarios:

"e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización."

Si los porteros dan servicio única y exclusivamente a cada portal, los gastos que generan son susceptibles de individualización. Por tanto, deben recaer en los propietarios a quienes dan servicio.

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