Cuantos contratos de arras existen

He acordado a través de una inmobiliaria la compra de un piso de una Empresa de Seguros, el primer paso ha sido la firma de un contrato que dice "Oferta de compra y contrato de reserva condicionado" entregando 2.000€ como una reserva por la compra de un piso, pues bien, la agencia me informa por email que la Propiedad le ha dado el visto bueno a la agencia para tirar adelante el proceso,

En la cláusula última dice:

"La inmobiliaria recepciona la referida cantidad como mera depositaria del dinero, sin más obligación que la legislación establece para quien actúa bajo este concepto. En caso de no aceptarse las condiciones de la estipulación tercera (no entran los 2.000€ sólo habla del resto de arras) le serán devueltos íntegramente al OFERTANTE los 2.000€ entregados en este acto como reserva, quedando este documento sin efectos y no pudiendo reclamar a la inmobiliaria ni a la propiedad por ningún concepto. En caso de ser aceptadas dichas condiciones por la propiedad, el importe entregado en este acto tendrá la consideración de arras penitenciales sujetas al artículo 1.454 del Código Civil de modo que las partes podrán desistir del presente contrato, allanándose EL OFERTANTE a perder la cantidad entregada y EL VENDEDOR a devolverla duplicada, sirviendo el presente contrato de eficaz carta de pago de la expresada suma".

No entiendo muy bien esta última cláusula

Cuando llega el día de pagar el resto de arras la agencia me envía un correo diciendo que la propiedad no ha confirmado aún nada por escrito para tirar adelante el proceso, el plazo finaliza 27 de este mes, por lo cual me huele mal todo esto.

La pregunta es saber, en caso de que la propiedad se tire atrás y se anule la compra, puedo con este tipo de contrato de la agencia que me abonen los 2.000€, el doble de lo entregado, ¿o nada de nada?

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