¿Una deuda juzgada y perdida prescribe?

Tengo un juicio esperándome y aún no tengo abogado de oficio .. Debo 1500 euros por un minicrédito de 500... Cobro 465 € .. Soy insolvente.. Pero en el juzgado me han dicho que la duda no prescribe...¿es así?

Está claro que el jucio lo pierdo porque la deuda es real... Pero si no mejora mi situación laboral en bastante tiempo ¿no prescribe la deuda? ¿Oes qué no prescribe por estar juzgada y tener sentencia?

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