Orden de ejecución de títulos judiciales

Una deuda que tenia pendiente con un acreedor y figuraba en la nota simple de mi piso en el registro de la propiedad por 10.000€ como anotación preventiva de embargo.

Ahora el juzgado me notifica que eleva a definitivo el embargo y autoriza la ejecución.

El caso es que ahora no es mio el piso pues lo done a mis hijos hace un año.

¿Se puede quedar el acreedor el piso tan solo por 10.000€?

Cual es el procedimiento siguiente. ¿Subastarlo y cobrar el? ¿En el caso de subastarlo quien fija el precio de salida?

¿Cómo funciona ese tema de la subasta?

Y por ultimo, en el caso de que llegara a un acuerdo con el para pagarle en un plazo de tiempo, ¿el podría paralizar la subasta?

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