Orden de ejecución de títulos judiciales
Una deuda que tenia pendiente con un acreedor y figuraba en la nota simple de mi piso en el registro de la propiedad por 10.000€ como anotación preventiva de embargo.
Ahora el juzgado me notifica que eleva a definitivo el embargo y autoriza la ejecución.
El caso es que ahora no es mio el piso pues lo done a mis hijos hace un año.
¿Se puede quedar el acreedor el piso tan solo por 10.000€?
Cual es el procedimiento siguiente. ¿Subastarlo y cobrar el? ¿En el caso de subastarlo quien fija el precio de salida?
¿Cómo funciona ese tema de la subasta?
Y por ultimo, en el caso de que llegara a un acuerdo con el para pagarle en un plazo de tiempo, ¿el podría paralizar la subasta?