Piscina en cooperativa

Hola amiguetes, soy socio de una cooperativa de Rivas Vaciamadrid (Madrid), ésta semana han empezado las obras y se ha creado una fuerte polémica sobre poner o no piscina. La duda es la siguiente: la decisión de poner o no la piscina ¿de qué depende? Y si hay que someterlo a votación entre los cooperativistas ¿qué mayoría se debe obtener?. Muchas gracias y seguid así que sois cojonudos.
Respuesta
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Debes pedir copia de la escritura de constitución de la cooperativa, pues la regulación de estas depende tanto de cada comunidad autónoma, como de las posibles especialidades que las partes acordaran en su día. Una vez tengas la copia, tendrás que comprobar si en ella consta algo. Otra posibilidad, seria que ya tuvierais constituida la comunidad de la finca y entonces la mayoría seria de las de la Ley de Propiedad Horizontal.
Perdona pero me queda una duda, en caso de que dependiese de la ley de propiedad horizontal, ¿cuál seria la mayoría necesaria para la piscina?.
Entiendo seria una modificación del titulo constitutivo, y como tal requeriría de unanimidad. Le aconsejo lea el articulo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal.

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