Separación de bienes

Buenos días.
Me pongo en contacto con usted porque me gustaría saber en que consiste la separación de bienes. Me explico. Mi pareja y yo teníamos decidido hacernos pareja de hecho puesto que no nos gustan las bodas pero al informarnos bien hemos decidido casarnos para dejarlo todo correctamente legalizado. El tiene una empresa y queremos hacer separación de bienes. Mi duda es si hacemos separación de bienes y a él o a mi nos sucede algo y fallecemos quien hereda todo tanto si hay hijos como si no. Es que a nosotros nos gustaría que si nos separamos cada uno se quede con lo suyo pero que si es porque sucede algo lo herede todo el cónyuje. Por cierto la casa la hemos comprado de solteros y tenemos claramente diferenciado en las escrituras el porcentaje de cada uno, supongo que así esta correcto para la separación de bienes, cada uno su parte. Es que he leído en si la vivienda se compra antes de hacer la separación funciona diferente.
Saludos y Gracias.
Natalia.

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El régimen económico matrimonial y los derechos hereditarios son dos cosas totalmente distintas.
El régimen económico matrimonial (sociedad de gananciales, separación de bienes o participación), regula las relaciones matrimoniales mientras dura el matrimonio. Una vez que se extingue el matrimonio por la causa que sea, termina a su vez el régimen económico.
En cuanto a la herencia dependerá de que se haya hecho o no testamento, de que haya hijos o padres del fallecido, etc. Si no existe testamento, heredan los hijos, si no los padres, y si estos tampoco existen, hereda el cónyuge en toda la herencia. Si el cónyuge también falta, o existía separación en el momento de la muerte, pasa a los colaterales (hermanos, primos, etc) y si no se encuentran familiares, los bienes irán a parar al Estado.
Si la vivienda se ha comprado con anterioridad al matrimonio se considerará un bien privativo de cada uno de vosotros, y su titularidad no se verá afectada por el régimen económico, sea éste el que sea.
Mi consejo es que si desea que el cónyuge viudo disfrute de la vivienda, lo mejor es hacer testamento y darle el usufructo vitalicio, para que a su muerte sean sus familiares los que hereden su parte. De esta forma se evita que la parte de la vivienda que te corresponde a ti vaya a parar a los familiares del otro cónyuge.
Espero haberle sido de ayuda, y quedo a su disposición para resolverle cualquier duda en www.bose-abogados.com
Irene Boned
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Pues esto dependerá de la comunidad autónoma donde residan. En Valencia, por ejemplo, el régimen por defecto es la separación de bienes, igual que en Cataluña.
Para hacer lo que ustedes quieren, lo que se hace es un testamento, para poder dejar regulado mejor estos casos. Normalmente, la pareja hereda el usufructo vitalicio de los bienes y los hijos la propiedad...
Le recomendamos se pongan en manos de un abogado, que les ayude con esta cuestión.
Agradecemos valoración de la respuesta. Gracias.
www.abogadosedo.es

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