¿Cuándo se considera incoado un expediente disciplinario?

Hola! Cuando en la Administración Pública se incoa un expediente disciplinario: 1.- ¿Cuándo se considera incoado el expediente, cuando se notifica a los expedientados y al resto de los implicados? Es a efectos de caducidad del expediente. 2.- Si en el juzgado contencioso administrativo se confirma que por parte del Instructor y de los testigos se esta mintiendo y se esta dañando al expedientado, ¿se puede pedir que se abra expediente a los mismos o judicialmente iniciar acciones o pedir indemnizaciones? Muchas gracias anticipadamente ya que me interesa mucho resolver estas dudas.

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