Quien debe quedarse?

Hola; tengo un caso en el Hospital perteneciente al SACYL que debo e intento resolver para dar la respuesta más justa o legal posible, me va en ello muuucho.
En una planta del Hospital hay 7 enfermeras, llamemosle planta X, 5 de ellas ocupan su plaza allí, 1 tiene plaza en el Hospital pero sin destino y está en el turno de un liberado sindical que tiene su plaza allí, en la planta X (no tiene su contrato, la han puesto ahí) y la otra ocupa una comisión de servicios de una enfermera con plaza en la planta X que está en atención primaria y ha firmado el contrato de esa comisión osea contrato nominal por sustitución de una comisión de servicios. El problema viene porque el liberado sindical se incorpora y la que está haciendo ese turno (enfermera fija sin destino) dice que ella cuando se incorpore el liberado no se va de la planta X que se vaya la que ha firmado la comisión de servicios. Yo entiendo que la de la comisión de servicios ha firmado un contrato nominal y no pueden moverla porque ese turno ya tiene una persona con plaza  en la planta X y no lo puede ocupar otra persona con plaza sin destino (esta debería ocupar un puesto vacante que no tiene propietario). No puede existir una plaza que la ocupe otro propietario hasta que el de la comisión se incorpore, entiendo que la debe cubrir quien firmo esa comisión y cuando se incorpore el propietario ese contratado cesa. El propietario sin destino al ocupar el hueco de un liberado (que también entiendo no deberia ser así) deberá irse a un hueco existente en el hospital sin propietario Es asÍ? Necesito bases legales para argumentarlo, porque los voy a denunciar si lo hacen, sino funden a mi mujer (es la que firmo la comisión de servicios por sustitucion, contrato nominal). He mirado en el estatuto marco de sanidad Ley 55/2003, he mirado el EBEP pero me pierdo y no encuentro leyes para defenderla. Me podeis ayudar?? Mil gracias de antemano.

Añade tu respuesta

Haz clic para o