Admisión de una grabación como prueba

Buenos días,
Soy un profesor sin experiencia, y me han contratado de un centro de estudios en la Vall de Uxó, Castellón, para dar un curso subvencionado de Formación Ocupacional del SERVEF (Servicio Valenciano de Empleo y Formación) de 410h.
Me pagan 9 euros/hora netos y sé que debería cobrar 45, pero en verdad no creo que merezca más aunque estoy dedicando muchas horas para preparar el curso.
Lo que pasa es que la forma de cobrar es:
A mi me hacen una nómina falsa (por el importe previsto para el formador), cobro en el banco, y lo que me ingresen pues les resto lo que debería cobrar a 9 euros la hora y lo que queda lo meto en un sobre y se lo devuelvo a la empresa en negro... Me parece un timo... Porque se quedan mi dinero, pero me dan la oportunidad de empezar y practicar ser profesor. Es como si fuera un trabajo de prácticas...
Me aconsejan que denuncie tal fraude, pero si quisiera hacerlo, ¿Sería admisible como prueba una grabación donde se habla con los responsables del centro de lo descrito, sin haber informado que grababa?
Un saludo
Respuesta
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No es necesario informar previamente para grabar una conversación, siempre que se intervenga en esa conversación, además la grabación puede utilizarse como prueba. Las conversaciones ajenas no se pueden grabar.

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