¿Vacaciones pagadas antes de un año?

¿Mis padres tienen una empleada doméstica interna que cobra 884? Mensuales, ¿de ahí le deducimos 100? ¿Por manutención y 27? Que le corresponde como tanto por ciento de lo que le pagamos de seguridad social. Comenzó el mes de junio como prueba y nos pareció bien por lo tanto la vamos a mantener hasta septiembre. Tiene contrato escrito. Mi pregunta es: ya sabemos que se lo tenemos que decir como mínimo con 7 días de antelación pero a esta señora le corresponde que le paguemos la parte proporcional de vacaciones, ¿pagas extras sin haber cumplido el año? Y si le pertenece es la parte proporcional del sueldo integro o sin manutención. Muy agradecida de antemano.

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Decirle en primer lugar si la empleada de hogar esta todo el día contratada por usted, tendrá la obligación de pagar la seguridad social por ella, pero si dicha persona estuviera contratada por dos casas a la vez, esta seria la responsable de pagarse la seguridad social, pero este no es el caso, puesto que esta interna en su casa, y más o menos el importe es sobre unos 100 0 120 euros mensuales que no podrá detraerle del sueldo, y si como dice a dicha empleada la tienen tres meses, tendrá derecho a la parte proporcional de las pagas y vacaciones conforme al sueldo integro.

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