Dudas sobre reclamación en la OMIC, la Junta Arbitral de Consumo y la Dirección de Telecomunicación

Hola estimado experto,
Mi pregunta es la siguiente ..
¿Qué diferencia existe entre el OMIC y la Junta Arbitral de Consumo?!
¿Podemos poner la misma reclamación en ambos organismos?
A su vez también la expondremos ante la Dirección de Telecomunicaciones, ¿hay alguna pega en realizar la misma reclamación en los 3 entes oficiales?!
Gracias por su labor desinteresada!

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Las OMIC, son oficinas municipales normalmente de información al consumidor que pueden desempeñar tareas de mediación, esta consiste en intentar poner de acuerdo a las partes sobre una determinada controversia, sin dictar ningún tipo de resolución, esto es si entre las partes no hay acuerdo se termina sin más el acto
Las Juntar arbitrales de consumos, son organismos de arbitraje, esto es, previa aceptación por ambas partes del arbitraje, el órgano previa audiencia de ambas y en su caso las posibles pruebas que se practiquen dicta una resolución, que es vinculante para ambas partes, esto es obliga a ambas, sin que después puedan acudir ni a ningún otro tipo de arbitraje, ni siquiera a la vía judicial, salvo para ejecutar el laudo arbitral
Finalmente la Dirección de Telecomunicaciones puede hacerse cargo de las quejas de los usuarios y en su caso imponer las sanciones que considere oportunas a los operadores que puedan haber incurrido en comportamientos incorrectos
De todas formas si tienes planteado un arbitraje e intentas plantear otro, la otra parte lo alegará en el segundo, pues no se puede tramitar más que uno
Para que el arbitraje se tramite es necesario que la otra parte lo acepte, pero en el ámbito de la Junta arbitral de consumo no creo que tengas problemas pues hay muchas empresas que están adheridas al mismo
Cualquier otra aclaración que necesites la puedes plantear
¿Y cómo puede ser que otro abogado de esta misma web me ha dicho que puedo formular ambas la de Telecomunicaciones y la de la Junta Arbitral de Consumo?!
Es más me ha sugerido que formule las dos
A la Oficina de Telecomunicaciones puedes acudir directamente o si la empresa no se somete a arbitraje, pero para ello es necesario que hayas reclamado previamente a la operadora
Aquí tienes toda la información: http://www.usuariosteleco.es/comoreclamar/PresentacionReclamaciones
Muchas gracias por la aclaración,
Pero cuando se trata de compañías de telef. Móvil, siempre te dicen de reclamar por fax y estos lo ignoran, yo he reclamado por teléfono y la teleoperadora ha dejado constancia de ellos pero no me ha dado ningún numero de referencia ni nada por el estilo, así que no se como aportare los datos.
Así que optare por primero reclamar a consumo y si no surte efecto continuar con Telecomunicaciones.
Saludos y gracias de nuevo.
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