Convenio de divorcio

Buenos días,
Mi duda es la siguiente:
Al casarnos compramos un piso en Barcelona y pedimos una hipoteca. Lo fuimos arreglando, pero no fuimos a vivir nunca allí, sino que mientras duró la relación, unos dos años, vivimos en casa de mis padres. Decidimos de común acuerdo divorciarnos. La idea ahora es venderlo y con el precio cancelar la hipoteca.
En el borrador del convenio regulador de divorcio se dice expresamente que nunca vivimos en el piso.
Es conveniente desde el punto de vista de nuestros intereses económicos, decir que no vivimos allí, ¿o mejor seria decir que sí que vivimos mientras duró la relación?
¿Me podría por favor explicar en que me beneficiaria fiscalmente una u otra opción?
Le agradezco mucho su ayuda

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